OMIC Torrelavega De lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas

Sobre la OMIC

Preguntas frecuentes

Conozca con detalle su OMIC

  • ¿A quién atendemos?

    A todas las personas que necesiten información:

    1) ANTES de comprar un bien, como una vivienda, un coche, un mueble, un electrodoméstico, etc., o de contratar un servicio, como seguros, obras, bancos, viajes, reparación de coche.

    2) DESPUÉS de cualquier situación en la que hayan sido vulnerados sus derechos como persona consumidora o usuaria y se quiera presentar una queja o reclamación.

  • ¿Qué funciones tenemos?

    a) Informar, ayudar y orientar a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos.

    b) Organizar y coordinar programas formativos y campañas informativas, en colaboración con las asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios, con la finalidad de conseguir una adecuada formación e información de los consumidores y usuarios.

    c) Recibir, registrar y acusar recibo de denuncias, reclamaciones y solicitudes de arbitraje, remitiéndolas a las entidades u órganos correspondientes.

    d) Servir, en su caso, de cauce de mediación voluntaria de conflictos entre consumidores o usuarios y profesionales o empresarios y en su caso.

    e) Elevar consulta al Consejo Cántabro de Consumo en aquellos asuntos que sean de interés para los consumidores y usuarios.

    f) Asistir y apoyar a las organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios, así como facilitar a los consumidores y usuarios toda la información de la que dispongan sobre las actividades de las citadas organizaciones.

    g) Facilitar a los consumidores y usuarios el acceso a documentación técnica y jurídica actualizada en materia de consumo. En especial, las Oficinas de información al consumidor garantizarán el acceso a la normativa, actividad y proyectos de las diferentes instituciones de la Unión Europea en esta materia.

    h) Indicar las direcciones y principales funciones de otros centros públicos o privados, de interés para el consumidor o usuario.

    i) Preparar el programa y documentación complementaria para la obtención de subvenciones de Administraciones Públicas.

    j) Colaborar con el Ayuntamiento de Torrelavega en la tramitación de cualesquiera expedientes cuyo objeto tenga relación directa o indirecta con materia de consumo.

    k) En general, la atención, defensa y protección de los consumidores y usuarios, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

  • ¿Qué temas tratamos?

    Suministros (agua, electricidad, gas, teléfono y servicios de internet, entre otros)

    Bono social

    Compras: derechos en cambios y devoluciones, compras a distancia, garantía de productos, medios de pago, precios, protección de datos, rebajas, ventas a domicilio…

    Productos financieros (seguros, cláusulas abusivas, servicios financieros...)

    Vacaciones y ocio (derechos en viajes combinados, reservas, alojamientos, bares y restaurantes, contratación online, compra de entradas, servicios turísticos, transporte de pasajeros...)

    Servicios de reparación: derechos en reparación de electrodomésticos, reparación de productos y servicios a domicilio, reparación de vehículos, tintorerías.

    Vivienda: compra, alquiler o reformas de vivienda.

  • ¿Qué es la mediación de consumo?

    La mediación es un procedimiento mediante el cual la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Torrelavega (OMIC) remite un escrito al empresario o profesional reclamado, comunicándole el problema planteado por un consumidor o usuario que ha adquirido algún producto o a utilizado algún servicio en su empresa o establecimiento.

    La OMIC le da un plazo para la respuesta al problema planteado y si no se llega a un acuerdo entre las partes, se ofrece información sobre otras vías de resolución del conflicto: Administraciones competentes, Juntas arbitrales o Juzgados y Tribunales de Justicia.

  • ¿Qué es la Junta Arbitral de Consumo?

    La Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Cantabria se encuentra acreditada para la resolución de conflictos de carácter extrajudicial ante el Ministerio de Consumo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 y 35 de la Ley 7/2007, de 2 de noviembre, relativa a la Resolución Alternativa de Litigios de Materia de Consumo.

    Toda la información aquí: comercioyconsumodecantabria.es

  • Normativa de consumo
  • Enlaces de interés
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