a) Informar, ayudar y orientar a los consumidores y usuarios para el adecuado ejercicio de sus derechos.
b) Organizar y coordinar programas formativos y campañas informativas, en colaboración con las asociaciones y organizaciones de consumidores y usuarios, con la finalidad de conseguir una adecuada formación e información de los consumidores y usuarios.
c) Recibir, registrar y acusar recibo de denuncias, reclamaciones y solicitudes de arbitraje, remitiéndolas a las entidades u órganos correspondientes.
d) Servir, en su caso, de cauce de mediación voluntaria de conflictos entre consumidores o usuarios y profesionales o empresarios y en su caso.
e) Elevar consulta al Consejo Cántabro de Consumo en aquellos asuntos que sean de interés para los consumidores y usuarios.
f) Asistir y apoyar a las organizaciones y asociaciones de consumidores y usuarios, así como facilitar a los consumidores y usuarios toda la información de la que dispongan sobre las actividades de las citadas organizaciones.
g) Facilitar a los consumidores y usuarios el acceso a documentación técnica y jurídica actualizada en materia de consumo. En especial, las Oficinas de información al consumidor garantizarán el acceso a la normativa, actividad y proyectos de las diferentes instituciones de la Unión Europea en esta materia.
h) Indicar las direcciones y principales funciones de otros centros públicos o privados, de interés para el consumidor o usuario.
i) Preparar el programa y documentación complementaria para la obtención de subvenciones de Administraciones Públicas.
j) Colaborar con el Ayuntamiento de Torrelavega en la tramitación de cualesquiera expedientes cuyo objeto tenga relación directa o indirecta con materia de consumo.
k) En general, la atención, defensa y protección de los consumidores y usuarios, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.